2012
El Gobierno amplía el plazo en el que las empresas asumen salarios de tramitación y lo recorta al Estado
Las empresas tendrán que hacerse cargo de los salarios de tramitación (los que le corresponden a un trabajador cuyo despido ha sido reconocido judicialmente como improcedente) durante los primeros 90 días hábiles desde la fecha de la presentación de la demanda hasta la emisión de la sentencia declarando la improcedencia del mismo.
Si desde la fecha en que se presentó la demanda hasta la sentencia del juzgado o tribunal que por primera vez declarase la improcedencia del despido hubiesen transcurrido más de 90 días hábiles, el empresario, una vez firmada la sentencia, podrá reclamar al Estado los salarios pagados al trabajador que excedan de dicho plazo.
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