2024
El TSJM no reconoce el lucro cesante y los daños morales a una trabajadora por el incumplimiento de promesa de contrato
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social 44 de la capital de España, por la que se reconoció a una redactora una indemnización de 2.994,48 euros por la promesa de un contrato no cumplido pero no así los 5.000 euros de lucro cesante y los 10.000 euros por lo supuestos daños morales que también reclamaba.
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La empresa no cumplió la promesa de contratación porque tenía la obligación de publicar internamente la vacante para permitir que otros empleados de la compañía pudieran presentarse al puesto. Un dato que el directivo que se dirigió a la redactora no conocía.
Durante este proceso, se presentaron dos candidatos internos que, según el director de Recursos Humanos y otros evaluadores de COPE, cumplían adecuadamente con las expectativas para el puesto vacante.
Basándose en este hallazgo, decidieron optar por uno de estos candidatos internos en lugar de formalizar el contrato con la trabajadora.
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Tras el incumplimiento del contrato esta pudo regresar a la Cadena SER tres meses después, en mayo de ese año, pero con un contrato de trabajadora autónoma, en condiciones inferiores a las anteriores que tenía.
Este desenlace provocó la interposición de la demanda ante los Juzgados de lo Social por parte de la trabajadora.
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Una valoración que la Sala de lo Social del TSJM, formada por los magistrados José Luis Asenjo Pinilla, Emilio Palomo Balda y Ángela Mostajo Veiga, en su sentencia 240/2024 de suplicación (equivalente a la apelación en civil o penal) suscribió por completo.
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