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El TSJ Galicia reconoce a los varones el derecho al permiso retribuido para asistir a técnicas de preparación al parto
La STSJ de Galicia n.º 4799/2023, de 7 de noviembre de 2023, ECLI:ES:TSJGAL:2023:7008, ha reconocido el derecho de los trabajadores hombres a disfrutar del permiso retribuido regulado en el apdo. 3. f) del art. 37 del ET en todos los supuestos allí regulados, excepto en lo referente a exámenes prenatales.
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La nueva sentencia de la corte gallega afirma que, si bien los hombres tienen derecho a permisos retribuidos en ciertas circunstancias relacionadas con la paternidad, la legislación actual mantiene la exclusividad de los permisos retribuidos por exámenes prenatales a las trabajadoras, en conformidad con la normativa nacional y europea.
El documento judicial sostiene que el enfoque legislativo ha evolucionado hacia la protección de las mujeres trabajadoras, garantizando derechos relacionados con su condición biológica de embarazo. Esto está alineado con directrices europeas, como la Directiva 92/85/CEE y la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que refuerzan esta concepción. Según el TSJ de Galicia, la naturaleza de los exámenes prenatales, intrínsecamente vinculados a la concepción y estado biológico de la mujer, justifica que estos permisos estén reservados exclusivamente para las trabajadoras.
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