2024
El Supremo rechaza el permiso retribuido para acompañar al médico a familiares no dependientes
El Tribunal Supremo ha ratificado que los trabajadores no tienen derecho a emplear las 35 horas de permiso retribuido para acompañar al médico a familiares de primer grado, a no ser que estos tengan un grado de dependencia o estén efectivamente a su cargo. En una sentencia fechada el pasado 20 de marzo, la sala de lo social desestima un recurso de los sindicatos contra un fallo de la Audiencia Nacional de 2021, que ratifica en todos sus puntos.
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“Carece de sentido”, indicaba la Audiencia Nacional, pretender que el permiso se extienda “a dichos familiares (pensemos en hijos mayores de 18 años o en padres que no están al cuidado del trabajador, pensemos incluso que unos y otros pueden vivir de forma independiente), máxime cuando ningún requisito adicional se exige atendiendo a la gravedad o imposibilidad de acudir a la consulta médica”. Reconocer el derecho al acompañamiento al médico del padre o la madre, sin que sea necesario que los mismos estén a cargo de la persona trabajadora, ni sean dependientes, “ampliaría de modo abusivo” el uso de este permiso que es retribuido con cargo al empresario, añaden los magistrados.
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