2014
La mala situación de una empresa no justifica el retraso en el pago de sueldos
Tribunal Supremo ha establecido que la difícil situación económica de una empresa no justifica los retrasos continuados en el abono de los salarios, en una sentencia que da la razón a un trabajador al que reconoce su derecho a que se declare extinguida su relación laboral y a que se le abonen 94.789 euros.
La Sala de lo Social del Supremo estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el trabajador contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que anuló la de un Juzgado de Málaga, que había dado la razón al empleado.
Tal como alegó el trabajador, el Tribunal Supremo estima que concurren los requisitos exigidos por la jurisprudencia en aplicación del artículo 50.1 b. del Estatuto de los Trabajadores para estimar su demanda de extinción del contrato.
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Lea la de la Sala de lo Social de la Tribunal Supremo (5-12-2013)
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