2014
Un fallo aclara cuándo una empresa es pública a efectos de un ERE
La sentencia del El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña señala que «las entidades constituidas para satisfacer un interés general, como ocurre en este caso, "no asumen materias que impliquen el ejercicio de lo que se denomina autoridad pública, por lo que el hecho de que les sean aplicables las normas presupuestarias, contables, de control financiero y contratación públicas no determina que constituyan Administración.»
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Lea la de la Sala de los Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (27-11-2013)
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