2014
El Gobierno simplifica el procedimiento para reclamar los salarios de tramitación en los juicios por despido
El Consejo de Ministros, a propuesta de los ministros de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, y Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, ha aprobado hoy un Real Decreto por el que se modifica el procedimiento administrativo que se ha de seguir en las reclamaciones al Estado por los salarios de tramitación en los juicios por despido improcedente.
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Cuando la sentencia que declara la improcedencia del despido se dicta pasados más de 90 días hábiles desde la presentación de la demanda, el empresario obligado a pagar los salarios de tramitación puede reclamar al Estado el abono de la cantidad correspondiente al tiempo que exceda ese periodo. En caso de insolvencia provisional del empresario el propio trabajador despedido podrá efectuar la reclamación.
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Lea completo el pdf de Real Decreto Ley por el que se modifica el procedimiento de tramitación de las reclamaciones al Estado por salarios de tramitación en juicios por despido (6-6-2014)
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