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2024

Los trabajadores fijos discontinuos tienen derecho a cobrar complementos por antigüedad

En la sentencia 1135/2023 de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, se reconoce este derecho a un trabajador fijo discontinuo de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

(…)

«El principio de no discriminación entre los trabajadores a tiempo parcial y los trabajadores a tiempo completo se aplica a las condiciones de empleo, entre las que figura la retribución, que incluye los trienios» defiende el Supremo en las sentencias.

Así pues, entiende el alto tribunal que la no concesión de estos complementos sería discriminatoria. Una afirmación que sostiene también a través de la jurisprudencia dictaminada desde el TJUE.

En concreto, el tribunal europeo razona que a este tipo de trabajadores se les debe tener en cuenta todo el tiempo de duración de la relación laboral. Una cuestión que, según la regulación española, sólo contempla el tiempo efectivo trabajado. Una modificación de doctrina que es necesaria para el Supremo.

«De no seguirse esta interpretación se produciría una diferencia de trato peyorativa para los trabajadores a tiempo parcial -fijos discontinuos- en relación con los trabajadores a tiempo completo. Ante un mismo periodo de prestación de servicios, los segundos devengarían un trienio al transcurrir tres años. En tanto, a los primeros se les tendría en cuenta, no la duración de la relación laboral, sino el tiempo de servicios efectivamente prestados», explica el alto tribunal.

Lea la noticia completa en Confilegal, 11-01-2024

Consulte la sentencia completa de la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (12-12-2023)

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