2024
La justicia avala el despido fulminante de acosadores en las empresas
La lucha contra el acoso sexual en las empresas sigue siendo motivo de discusión ante la justicia, que recientemente ha avalado que el despido de aquellos empleados que son señalados por mostrar un comportamiento inadecuado con sus compañeras pueda ser inmediato, pese a no se haya podido dar al trabajador en cuestión oportunidad de defenderse de estas acusaciones.
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La empresa activó (…) el protocolo anti-acoso y acordó un despido disciplinario del trabajador, que llevaba casi 20 años en la empresa, por una falta muy grave, consistente en "haber mantenido una conducta verbal de naturaleza sexual, atentando a la dignidad de las personas que lo han sufrido generado en un contexto intimidatorio, ofensivo y degradante". No se le dio oportunidad de rebatir las acusaciones, pues se encontraba de vacaciones.
El empleado demandó a la empresa y pidió que su despido fuera declarado nulo por haberse vulnerado sus derechos fundamentales. Argumentaba que el Convenio 158 de la organización Internacional del Trabajo y también el Estatuto de los Trabajadores establece que no puede dar por terminada la relación de trabajo por motivos relacionados con su conducta antes de que se le haya ofrecido posibilidad de defenderse.
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La empresa recurrió la decisión y la cuestión ha sido resuelta el pasado mes de junio por el Tribunal Superior de Cataluña, que da un giro total a lo ocurrido al admitir la procedencia del despido.
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La sentencia razona que dado el hecho de que existían dos mujeres que han sido objeto de acoso, y teniendo también en cuenta que el trabajador que iba a ser despedido se encontraba de vacaciones y la falta podría prescribir si no se daba una rápida solución.
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