Información
El TSJ de Asturias condena a un desempleado a devolver 9.500 euros tras despido simulado
La STSJ de Asturias, rec. 1146/2024, de 5 de noviembre de 2024, ECLI:ES:TSJAS:2024:2768, entiende la existencia de una conducta fraudulenta del trabajador para percibir la prestación por desempleo en connivencia con su cooperativa empleadora y ordena la devolución de 9.475,85 euros obtenidos durante catorce meses de prestación (excluyendo paros derivados de ERTE Fuerza Mayor COVID-19).
(…)
En su defensa, la recurrente alegó que las pruebas aportadas no evidencian una conducta fraudulenta y que, al contrario, deberían considerarse los períodos de ERTE como válidos y no objeto de sanción. Sin embargo, el tribunal desestimó su recurso, argumentando que la extinción de la prestación abarcaba tanto la situación de fraude como períodos de ERTE, que deberían ser considerados por separado.
El juicio culminó con la decisión de mantener la extinción de la prestación desde el periodo correspondiente a la expulsión, ratificando la obligación de la trabajadora de devolver la cantidad de 9.475,85 euros. Sin embargo, la sentencia estimó parcialmente el recurso al diferenciar entre los períodos sancionados y aquellos enmarcados dentro del conjunto de los ERTE Fuerza Mayor COVID-19 amparados por la ley, para la sala de lo social, «(...) difícilmente puede hablarse de actuación fraudulenta en los dos últimos períodos de desempleo pues el origen de los mismos son circunstancias ajenas a la voluntad de la trabajadora y de la empleadora, por lo que procede la estimación parcial del recurso».
Si desea efectuar alguna consulta profesional en materia de derecho laboral relacionada con empresas, altos directivos o autónomos puede pedir cita en el teléfono 934 196 212 o en esta sección