2019
Un tribunal gallego confirma el síndrome de sensibilidad química como accidente laboral
La sección primera de la sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG ha desestimado (en sentencia 126/2019, de 6 de marzo, Rec. 450/2018) el recurso interpuesto por la Xunta contra una de las primeras sentencias emitidas en Galicia que reconoce el síndrome de sensibilidad química como accidente laboral.
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El TSXG, al igual que el juzgado de primera instancia, asegura que ha quedado acreditada “la relación causal entre las condiciones en las que la actora prestaba su trabajo y el síndrome de sensibilidad química múltiple que sufrió y provocó su baja laboral”. Además, sostiene que la prueba practicada “demuestra que el síndrome se inició en el lugar de trabajo”, pues en él existían “sustancias desencadenantes que le generaban una respuesta sintomatológica”. La sección primera de la sala de lo Contencioso-administrativo destaca que existían “precedentes con otras trabajadoras”, lo que obligaba a los servicios de prevención de riesgos laborales de la Xunta “a extremar la labor de comprobación y evaluación de riesgos químicos y biológicos”.
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