2020
Trabajo a tiempo parcial: ¿cómo se pagan las vacaciones si hay ampliaciones de jornada?
Los trabajadores a tiempo parcial tienen derecho a que el sueldo que perciben en vacaciones incluya las ampliaciones de jornada que hayan realizado durante el año. Es decir, aunque en ese momento ya no tengan horario ampliado, el cálculo de la paga tiene que ser proporcional al tiempo trabajado durante los once meses restantes. Así lo establece la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en una reciente sentencia en la que da la razón a los empleados de un call center que denunciaron que estaban cobrando de menos.
El fallo declara el derecho de estos trabajadores a que se tengan en cuenta los periodos de horas complementarias en la retribución de sus vacaciones, aunque dicho horario no esté vigente en ese momento. Según argumenta el alto tribunal, lo contrario supondría una discriminación injustificada respecto de los trabajadores a tiempo completo. Mientras que a estos se les asegura la retribución ordinaria o habitual percibida a lo largo del año, a los trabajadores a media jornada no les contaría el sueldo de los meses que estuvieron cobrando más.
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La cuestión a decidir, apunta el Supremo en su sentencia, es cómo se retribuye el período de vacaciones de los trabajadores afectados por el conflicto colectivo. Esto es, si para su cálculo se debe tener en cuenta las ampliaciones de jornada pactadas y realizadas a lo largo del año o si, por el contrario, no deben tener incidencia alguna.
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