2021
El TJUE establece que la igualdad salarial es para trabajos "de igual valor"
En su sentencia, el tribunal con sede en Luxemburgo asegura que el Tratado de Funcionamiento de la UE no se limita a las situaciones en las que los trabajadores de distinto sexo comparados efectúen un mismo trabajo, sino que también se hace extensivo a las situaciones de trabajo de igual valor. El caso se remonta a la denuncia en 2018 de un grupo de trabajadores de la red de distribución de Tesco, que alegan que su trabajo y el de los trabajadores masculinos empleados por Tesco tienen igual valor y que tienen derecho a comparar su trabajo con el de esos trabajadores, aunque dicho trabajo se realice en establecimientos distintos.
A este respecto, la sentencia dictada ayer del TJUE indica que si las condiciones de retribución puedan atribuirse a una fuente única, el trabajo y la retribución de estos trabajadores pueden compararse aun cuando estos trabajen en establecimientos distintos. En consecuencia, defiende que esta disposición puede invocarse ante los órganos jurisdiccionales nacionales. El Tribunal considera que esta interpretación resulta corroborada por el objetivo perseguido por el artículo 157 del Tratado Fundacional de la UE (TFUE).
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Esta disposición puede invocarse ante los órganos jurisdiccionales nacionales en un litigio basado en un trabajo de igual valor realizado por trabajadores de distinto sexo que tengan el mismo empresario en establecimientos distintos de ese empresario, siempre que este constituya dicha fuente única.
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