2019
El Supremo ordena el pago de los pluses salariales en vacaciones
Los complementos salariales deben incluirse junto al salario base como conceptos computables para calcular también la nómina correspondiente al periodo de vacaciones. Así lo ha establecido una del Tribunal Supremo del pasado 23 de abril.
En concreto, la sentencia recoge que a la hora de calcular el salario que se abonará en el periodo de vacaciones, además de los conceptos salariales que recoja el convenio colectivo de aplicación, deben incluirse los complementos de trabajo nocturno, los de horas de presencia y el plus de festividades y domingos.
El Supremo precisa que una remuneración “debe considerarse habitual a efectos de vacaciones si se percibe durante seis o más meses de los once precedentes a las vacaciones o en la misma proporción si la prestación de servicios fuese inferior”.
La sentencia responde a una demanda que el sindicato Comisiones Obreras (CC OO) interpuso ante la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña contra la Asociación Catalana de Empresarios de Ambulancias (ACEA).
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