2016
El Supremo eleva la indemnización por despido del expatriado
El Tribunal Supremo (TS) establece que en el cálculo de la indemnización por despido de los expatriados hay que incluir el salario "adicional" abonado al trabajador por estar desplazado en otro país, aunque ya haya vuelto del desplazamiento. Así lo establece en una sentencia que eleva las indemnizaciones de este colectivo.
En el caso que juzga el TS, el trabajador fue contratado para prestar servicios en Argelia con un salario de 40.000 euros, con un complemento por movilidad en el extranjero por importe del 70% de la remuneración. El citado plus dejó de abonársele cuando se le destinó a España y, a los dos meses de su llegada, fue despedido por un imputado descenso en el rendimiento, aunque en acto de conciliación se reconoció la improcedencia del cese, con ofrecimiento de indemnización, saldo y finiquito correspondientes al salario ya percibido en España.
Si desea efectuar alguna consulta profesional en materia de derecho laboral relacionada con empresas, altos directivos o autónomos puede pedir cita en el teléfono 934 196 212 o en esta sección