2014
En caso de despido por causas productivas la empresa no está obligada a recolocar al trabajador en otro de sus centros de trabajo
La Sala de lo Social de Tribunal Superior de Catalunya sentencia que se ha de traer a colación la ya antigua doctrina que viene indicar que en los supuestos de causas productivas, la empresa no está obligada a ofertar la recolocación en otro de sus centros de trabajo de quien pretenda despedir, en los supuestos de que para tal decisión y causas válidas relacionadas con el puesto de trabajo que venía ocupando.
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