2014
Trabajar como “alta dirección” no da derecho a indemnización
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid acaba de dictar sentencia en una cuestión clave para los trabajadores que hayan desempeñado puestos de alta dirección en su empresa, en caso de que se enfrenten a un despido improcedente y a su correspondiente indemnización.
Lo hace a través de un fallo de 18 de noviembre de 2013, en el que estima el recurso planteado contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 26 de Madrid en cuanto al cálculo de la indemnización, fijando que "no deben computarse, a efectos de fijar la indemnización correspondiente por despido en la relación laboral ordinaria, los años en que el trabajador desempeñó la actividad de alta dirección".
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