2016
Un tribunal considera nulo un despido colectivo no declarado
Por primera vez en España un tribunal ha declarado nulo un despido tácito que afectaba a todos los trabajadores de una empresa, filial de una multinacional que decidió abandonar la actividad en España y trasladar sus servicios a otros países, sin haber iniciado ni un procedimiento laboral ni el de despido colectivo en el ámbito Social.
Así se establece en una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 29 de marzo, en el que los magistrados ordenan la readmisión de los trabajadores despedidos de hecho y, como medidas cautelares, el embargo de los saldos de las cuentas y bienes muebles y enseres de la empresa.
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