2016
El TSJ de Madrid iguala el despido de interinos y fijos
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) iguala el despido de interinos y fijos y otorga a la interina del Ministerio de Defensa 20 días por año trabajado en el caso que originó la sentencia del Tribunal de la UE. Concluye que "no se puede discriminar a la actora en cuanto a la indemnización por la extinción de la relación laboral, como consecuencia del tipo de contrato suscrito y, por consiguiente, tiene derecho a igual indemnización que la que correspondería a un trabajador fijo comparable de extinguirse su contrato por otra causa objetiva, siendo en este caso evidente la igualdad en los términos de comparación respecto". Así, la demandante recibirá 6.141,85 euros por los cerca de 10 años que trabajó como interina con un lapso de un año en que no medió contrato.
Este fallo se adapta a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que el pasado 14 de septiembre consideró ilegal que los contratos interinos no tengan indemnización, a diferencia del resto de temporales, que disfrutan de 12 días, y abrió la puerta a equipararlos con los fijos, que gozan de 20 días.
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El caso que juzga la sentencia afecta a un contrato de interinidad, una modalidad de contrato temporal que no recibe ninguna indemnización, a diferencia de los contratos por obra y servicio y los eventuales por circunstancias de la producción, que sí que disfrutan de 12 días. El fallo no deja claro con qué tipo de contrato debe equiparar el legislador español el de interinidad, si con el resto de temporales o con los fijos, aunque los juristas consultados señalan que apunta a que sea con los fijos por realizar la trabajadora la misma función.
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