2016
El cobro de los pluses debe constar en las conciliaciones
El finiquito acordado por un trabajador y la empresa que le ha despedido de forma improcedente, a través de un procedimiento de conciliación laboral, no incluye la cantidad adeudada por el plus de kilometraje, si no se ha incluido expresamente en el acuerdo alcanzado.
Así lo establece una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 13 de octubre de 2015, en la que el documento firmado se refiere únicamente a la liquidación de haberes en relación al período que concluye con el despido, sin que se refiera en ningún momento a las cantidades y conceptos reclamados por el plus de kilometraje.
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