2016
La empresa no puede negociar con la plantilla de una contrata
No existe vulneración de los derechos de huelga y libertad sindical ante la negativa de la empresa demandada a negociar el cese de una huelga con trabajadores de sus contratas y subcontratas por la mejora de las condiciones laborales, ya que no pertenecen a su plantilla.
Así, se establece en una sentencia de la Audiencia Nacional, de 20 de octubre de 2015, que determina que el ámbito subjetivo del acuerdo se circunscribe "a los comités de huelga y en su caso a los representantes designados por los distintos comités de huelga y a los empresarios afectados".
En el caso en litigio, el objeto del posible acuerdo era la huelga convocada por los trabajadores de las contratas y subcontratas y tratar de las reivindicaciones de los trabajadores de dichas empresas -las condiciones laborales, salariales, sociales y de salud laboral de los trabajadores de las contratas (empresas colaboradoras) y subcontratas implicadas-.
Sin embargo, en ese acuerdo planteado por el sindicato demandante no se incluyó a las empresas contratadas y subcontratadas, sociedades que en ese momento se encontraban en pleno funcionamiento.
Determina la ponente, la magistrada Ruiz-Jarabo Quemada, que en estos casos la empresa demandada tiene la condición de tercero y no puede llegar a acuerdo alguno en relación al objeto de la huelga.
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