2019
¿Se puede despedir a un empleado por llegar tarde al trabajo?
A pesar de que pueda parecer que llegar tarde al trabajo no tiene consecuencias, lo cierto es que la puntualidad es un deber exigible por las empresas dentro de la relación contractual con el empleado. En concreto, el artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores (ET) fija que el contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario mediante despido por un “incumplimiento grave y culpable del trabajador como las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo”, así como la indisciplina o desobediencia.
Obviar este derecho de las entidades ha llevado a muchos confiados a perder su empleo por razones que la jurisprudencia ha ido determinando en cada caso. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía, en una sentencia de marzo de 2018, declaró procedente el despido disciplinario de una trabajadora a la que la empresa sancionó con amonestación escrita por falta muy grave durante tres meses en los que acumulaba retrasos. En total, llegó hasta su despido a 14 faltas de puntualidad en los últimos cinco meses, cifra que alcanzó en total los 31 retrasos en los últimos 10 meses.
La mujer, que se dedicaba a atender llamadas telefónicas en tiempo real y que se encontraba en reducción de jornada, alegó que la sanción del despido era desproporcionada ya que se había pasado de la hora por pocos minutos, y exigía el pago de una indemnización de 6.200 euros por daños morales provocados por la vulneración de sus derechos fundamentales. La empresa, en cambio, defendía que las llamadas que no son atendidas por no estar en su puesto de trabajo no pueden ser recuperadas y esto, según el tribunal, “repercute en la consecución de objetivos mínimos exigidos, derivar una pérdida económica o poner en peligro su propio puesto de trabajo y el del resto de trabajadores”.
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