2023
No es discriminatorio denegar un cambio horario a una madre trabajadora, según el Supremo
Si un trabajador solicita un cambio de jornada u horario por razones de conciliación, la empresa está obligada a contestar. Ahora bien, esto no significa que deba aceptar puesto que puede alegar razones para rechazar la adaptación. Además, si la empleada es mujer, el rechazo no supondrá, necesariamente, un trato discriminatorio hacia ella por razón de sexo.
Así se desprende de una reciente sentencia del Tribunal Supremo que, en contra del criterio del juzgador de la instancia anterior, considera que la denegación de la concreción horaria planteada por una trabajadora no constituye, por sí misma, un acto de discriminación.
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El tribunal encuentra grandes similitudes entre estos casos, y concluye que la mera denegación de la concreción horaria “no implica, por sí sola, que se esté vulnerando el derecho de no discriminación”. La decisión no se basó en “un factor relacionado con el sexo”: si acaso, añade, sería una “denegación neutra”, que afecta tanto a hombres como a mujeres.
Por último, se declaran adecuadas las “razones organizativas” de la compañía, ligadas a una “atención adecuada del servicio en los respectivos turnos”. En consecuencia, se anula la sentencia anterior y confirma la inicial, que reconoció la jornada de trabajo reducida y horario de mañana, de lunes a viernes.
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