2024
No hay discriminación en el despido de un trabajador transexual porque la dirección desconocía de su condición, dicta un tribunal
Relevante sentencia en materia de discriminación. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha validado el despido de un trabajador transexual que se ausentó de su puesto para someterse a una mastectomía bilateral, y aunque el empleado alegó que el despido fue una represalia por su condición de transexual, la justicia se inclina por aceptar que dicha discriminación no fue posible pues los jefes no conocían que su empleado era una persona transexual; en cambio, sí había apercibimientos disciplinarios previos por sus constantes faltas de puntualidad al trabajo.
En materia de despido por motivos discriminatorios, es quien alega la vulneración quien debe aportar un indicio razonable de que la lesión del derecho fundamental se ha producido. No son suficientes meras sospechas y conjeturas, sin base suficiente para cuestionar la legitimidad constitucional del móvil de la actuación empresarial.
La Sala considera que la transexualidad del trabajador, además de que no constituye ninguna enfermedad, no era conocida por el empresario, ni antes ni después del despido.
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