2019
Las empresas demandadas han de ser comunicadas en su domicilio y no telemáticamente
El Ministerio de Justicia, a través del secretario general de la Administración de Justicia, Antonio Viejo, ha comunicado a todos los secretarios de gobierno de los tribunales superiores de justicia, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo su obligación de notificar la citación o primer emplazamiento a las sociedades y demás personas jurídicas demandadas de forma presencial en su domicilio, y no de manera telemática a través de la dirección electrónica habilitada facilitada por el Ministerio de Hacienda para recibir las notificaciones de los diferentes organismos de la Administración General del Estado.
El Constitucional ha establecido en su STC 47/2019 que los primeros actos de comunicación (emplazamiento y citación) han de ser realizados por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio del destinatario. Vulnerándose el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva de las sociedades cuando la comuinicación se realice de manera telemática a través de la dirección electrónica habilitada facilitada por el Ministerio de Hacienda para recibir las notificaciones de los diferentes organismos de la Administración General del Estado.
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