2020
La empresa puede descolgarse del convenio al negociar el Erte
El empresario y los representantes de los trabajadores pueden al acordar las condiciones de un expediente de regulación temporal de empleo (Erte) , con motivo de la pandemia del Covd-19, que incluya una cláusula de reducción de jornada que pueda ser recuperable por el trabajador hasta el 31 de diciembre de 2021, aunque sea contraria a lo estipulado en el convenio colectivo de aplicación a la empresa, según establece una sentencia de la Audiencia Nacional, de 30 de julio de 2020.
La ponente, la magistrada Ruiz-Jarabo Quemada, determina que considerar que, la inaplicación del convenio colectivo, regulado en el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores (ET) o descuelgue, puede adoptarse en un Erte, siempre que se haya alcanzado acuerdo de los sujetos legitimados y se cumplan estrictamente los requisitos previstos por el legislador para la sustanciación de cada una de las medidas.
La magistrada rechaza que en estos casos nos encontremos ante una modificación sustancial de las condiciones de trabajo que ha sido incluida en el acuerdo a través de un procedimiento inadecuado.
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