2021
Un juzgado de Barcelona admite el Covid como causa para despedir
Un juzgado de Barcelona ha dictado la primera sentencia que aprueba un despido basado en las pérdidas económicas causadas por el Covid. En su sentencia, de 15 de diciembre, considera que la polémica prohibición que aprobó en marzo el Ejecutivo para evitar la destrucción de empleos durante la pandemia es contraria al derecho comunitario. Por este motivo, avala el cese de la empleada de una compañía dedicada al comercio que tomó esta decisión en julio del año pasado.
La resolución entiende que la medida está “totalmente justificada” a la luz de los datos económicos aportados por la empresa. Reconoce que su decisión puede ser rebatida en instancias superiores, pero que está “plenamente convencido” de ella.
Según concluye, el artículo 2 del Real Decreto Ley 9/2020 de 27 de marzo, es contrario al derecho de libertad de empresa consagrado en el artículo 16 de la Carta Europea de Derechos Fundamentales como en el artículo 38 de la Constitución. En este sentido, argumenta, la limitación impuesta por el Gobierno al prohibir de forma absoluta los despidos como fórmula para solventar la crisis económica de las compañías “no respeta la legalidad comunitaria”.
Esta sentencia se suma al goteo de resoluciones que interpretan de forma contradictoria el sentido de la prohibición de despedir contenido en el artículo 2 del Decreto-ley 9/2020. Algunas resoluciones declaran nulo el cese, otras, simplemente improcedente. Este magistrado ha ido más allá aprobando el despido y rechazando la aplicación de la norma.
En el caso concreto, explica el juez, “la demandada ha acreditado varios elementos que justifican el despido”. En concreto, la bajada de facturación, sobre todo en 2020, y también el hecho de que en el primer trimestre de este año se perdiera un importante cliente. Todas estas circunstancias “alejan cualquier viso de desproporción”, concluye, y, por tanto, es una medida “totalmente justificada”.
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