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2020

Las respuestas a las dudas más frecuentes sobre la Fase 1 de la desescalada

Las principales medidas de la orden, publicada este sábado en el BOE y recogidas además en una guía publicada por el Ejecutivo, son las siguientes:

Población afectada

  • Las medidas afectan a la población de los territorios que pasan a la fase 1, con la excepción de las personas que presenten síntomas, estén en aislamiento domiciliario o cuarentena por un diagnóstico por COVID-19 o ser contacto estrecho.
  • Las personas vulnerables podrán hacer uso de las nuevas condiciones siempre que su condición clínica esté controlada y bajo rigurosas medidas de protección.

Medidas laborales

  • Siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo. Para los que vayan a sus centros, se deberán adoptar las medidas necesarias para cumplir las medidas de higiene y/o prevención para los trabajadores.
  • Garantizar disponibilidad de geles hidroalcohólicos, sustituir la huella en el fichaje por otro sistema o desinfectar el dispositivo y cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal asegurar equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.
  • Si hay síntomas, colocar al trabajador mascarilla y contactar con el teléfono habilitado o centro de salud, debiendo abandonar su puesto de trabajo hasta que su situación médica sea valorada por un profesional sanitario.
  • Ajustes horarios en entradas y salidas para evitar concentraciones.

Comercio y prestación de servicios

  • Apertura de locales con una superficie igual o inferior a 400 metros cuadrados, con un 30% del aforo total, garantizando distancia mínima de dos metros entre clientes.
  • Horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.
  • Concesionarios de automoción, estaciones de ITV y los centros de jardinería y viveros de plantas podrán reabrir al público, preferentemente mediante la utilización de la cita previa.
  • Se podrán abrir mercados al aire libre, con una limitación al 25 % de los puestos habituales y afluencia inferior a un tercio del aforo habitual.

Hostelería y restauración

  • Terrazas al aire libre con el 50 % de las mesas, con una ocupación máxima será de 10 personas por mesa.
  • Limpieza y desinfección entre un cliente y otro, mantelerías de un uso y dispensadores de geles.
  • Se fomentará el pago con tarjeta y se evitará el uso de cartas de menú
  • Servicios sociales
  • Apertura de todos los centros recogidos en el Catálogo de Referencia de Servicios Sociales, para atender de manera presencial a aquellos ciudadanos que lo necesiten, especialmente servicios de terapia, rehabilitación, atención temprana y atención diurna para personas con discapacidad y/o en situación de dependencia.

Medidas de higiene en los establecimientos

  • Limpieza y desinfección de las instalaciones al menos dos veces al día y de los puestos de trabajo tras cambio de turno.
  • La distancia entre vendedor y cliente será de al menos un metro cuando se cuente con elementos de protección o barrera, o de dos metros sin estos elementos.
  • En el caso de servicios que no permitan el mantenimiento de la distancia, como peluquerías, centros de estética o fisioterapia, se deberá utilizar el equipo de protección adecuado al nivel de riesgo.
  • Probadores ocupados por una persona y desinfección tras su uso

Lea la noticia completa en Expansión, 10-05-2020

Lea completo el texto de la Orden SND/399/2020 de 09-05-2020, para para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad

Si desea efectuar alguna consulta profesional en materia de derecho laboral relacionada con empresas, altos directivos o autónomos puede pedir cita en el teléfono 934 196 212 o en esta sección

 

Áreas de actividad

Empresas

03.03.2011
Empresas

Nuestro despacho profesional está especializado en asesoramiento laboral a empresas, tanto en sus relaciones de carácter colectivo como individual.

Altos directivos

18.01.2012
Altos directivos

Ofrecemos asesoramiento legal para definir y concretar el marco contractual más adecuado entre los altos directivos y las empresas.

Autónomos

18.01.2012
Autónomos

Asesoramiento jurídico en la formalización de los contratos de arrendamiento de servicios entre empresas y profesionales autónomos económicamente dependientes.

Servicios

Asesoramiento laboral permanente para empresa

28.08.2014
Asesoramiento laboral permanente para empresa

Con la iguala o tarifa fija mensual damos un servicio continuo de asesoramiento laboral. La empresa dispondrá de un departamento jurídico permanente sin los costes de una asesoría interna.

Externalización del área de Recursos Humanos

27.08.2014
Externalización del área de Recursos Humanos

Aportamos el soporte necesario para asumir la administración o supervisión de las áreas de personal de pequeñas y medianas empresas.

Informe de situación en materia de personal para empresas

28.08.2014
Informe de situación en materia de personal para empresas

Constatar que no existen errores en la aplicación de la legislación laboral resulta de gran importancia para las empresas a fin de evitar graves problemas.

Apoyo en la externalización de actividades de la empresa

28.08.2014
Apoyo en la externalización de actividades de la empresa

Asesoramos y redactamos los documentos legales necesarios para que las empresas formalicen el outsourcing de áreas de su propia actividad.

Negociación convenio colectivo de empresa

05.01.2017
Negociación convenio colectivo de empresa

Nuestro despacho acompaña a las empresas desde el primer momento, abordando desde el inicio del proceso de negociación del convenio colectivo las diversas etapas de su desarrollo.

Apuntes de Dolores Sanahuja Cambra

Nota Informativa sobre la Ley 2/2023, de 20 de julio, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción

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Con carácter general, el Real Decreto-Ley 32/2021 entra en vigor el 31 de diciembre de 2021, ello sin perjuicio de las excepciones de aplicación que la propia norma recoge para determinadas materias y que en este resumen se indican.

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