2024
15 sentencias laborales del Tribunal Supremo que marcaron 2023
Despido colectivo y edadismo: cabe pactar una indemnización menor para los trabajadores senior
El Tribunal Supremo descarta que sea discriminatorio un acuerdo en el marco de un despido colectivo (ERE) mediante el que se pacte una menor indemnización para los trabajadores de edad igual o superior a 60 años. No supone una discriminación por razón de edad (STS de 24 de enero de 2023). El TS desestima el recurso y ratifica la sentencia del TSJ (no hay edadismo; discriminación por razón de edad). El pacto es lícito por las siguientes razones:
Existe un acuerdo colectivo (no se trata de una imposición de la empresa, sino de un acuerdo), hay razones justificadas de la diferenciación (está objetivamente justificado el diferente importe de la indemnización en función de la distinta edad de los trabajadores cuyos contratos de trabajo se extinguen con el despido colectivo) y además la indemnización es en todo caso superior a la legal (con independencia de su edad, las indemnizaciones pactadas para todos los trabajadores mejoran el mínimo legal aplicable y contemplan, incluso, diversos factores de corrección favorables a quienes perciben un menor salario).
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Embarazo e indemnización adicional por daños morales
El hecho de que el despido sea nulo no implica necesariamente abonar indemnización adicional por daños morales (STS de 12 de diciembre de 2023, desestima recurso de la trabajadora).
En su sentencia, el TS reitera que en caso de embarazo estamos ante una nulidad objetiva o automática (es decir, el despido deberá declararse nulo salvo acreditarse la procedencia). Ahora bien, lo importante de la sentencia es que el hecho de que el despido sea nulo no implica necesariamente tener que abonar indemnización adicional por daño moral.
En este sentido, no procede indemnización adicional por daño moral si no se acredita que el despido tiene por móvil alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la ley o se haya producido con vulneración de derechos fundamentales y libertadas públicas, que es lo que entiende el TS sucede en el caso concreto enjuiciado.
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Reducción de jornada por guarda legal y trabajo a turnos
Importante sentencia del Tribunal Supremo sobre la reducción de jornada por guarda legal (especialmente para las empresas con sistema de trabajo a turnos). La reducción de jornada por guarda legal se limita a la jornada ordinaria, sin que quepa modificar ésta por la persona trabajadora (STS de 21 de noviembre de 2023, estima el recurso interpuesto por una empresa).
Razona el TS que el derecho a la reducción de jornada por guarda legal no lleva aparejada poder exigir un único turno al realizarse sobre la jornada ordinaria de la persona trabajadora.
Lea la noticia completa en Economist & Jurist, 07-01-2024
Cuestión: Despido colectivo y edadismo, consulte la sentencia completa de la Sección Primera de la Sala de lo Socia del Tribunal Supremo (24-01-2023)
Cuestión: Embarazo e indemnización adicional por daños morales, consulte la sentencia completa de la Sección Primera de la Sala de lo Socia del Tribunal Supremo (12-12-2023)
Cuestión: Reducción de jornada por guarda legal y trabajo a turnos, consulte la sentencia completa de la Sección Primera de la Sala de lo Socia del Tribunal Supremo (21-11-2023)
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