2024
Cabe despedir a un trabajador antes de enviarle la notificación si los motivos del cese son graves
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha fallado, a través de una sentencia pionera publicada el pasado 27 de febrero, que no hace falta que la notificación del despido se lleve a cabo con anterioridad o simultaneidad al mismo si los hechos por los que se rescinde el contrato al empleado son lo suficientemente graves como para declararlo procedente. Así, el magistrado ha marcado una excepción a la norma que establece que para que un despido se realice de forma válida, el trabajador ha de recibir la notificación con anterioridad o coetaneidad al mismo.
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Como la notificación [de despido] se llevó a cabo después de tiempo, el auxiliar de mantenimiento presentó una demanda ante la Justicia, exigiendo la declaración de nulidad de su despido y, de forma subsidiaria, su improcedencia. Una petición, esta última, que fue parcialmente estimada por el Juzgado de lo Social número 3 de Badajoz
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El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura [en recurso de suplicación] ha declarado que, aunque se notificara el despido con posterioridad a la fecha de efectos, esto, por sí solo, no supone la declaración de improcedencia del despido. De esta manera, ha dado la razón a la empresa, revocando así la sentencia de instancia.
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