2023
Anulado el despido de una trabajadora que fue falsa autónoma durante 20 años
En la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, la sala sostiene que la trabajadora prestó sus servicios durante más de 20 años para esta editorial de forma exclusiva, retribuida e incluida en el ámbito de la organización empresarial. La demandante, según explica, realizó su trabajo con las mismas pautas y sujeción a plazos de entrega.
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La analista interpuso el 21 de diciembre de 2021 una demanda contra la empresa en la que reclamaba el reconocimiento de la relación laboral y solicitaba una indemnización por daños y perjuicios.
En primera instancia, el Juzgado de lo Social número 3 de Pamplona falló en favor de la trabajadora, ante lo cual la editorial presentó recurso de suplicación ante el TSJN.
En su sentencia, la Sala de lo Social desestima el recurso al considerar que "no es posible negar que, en el caso enjuiciado, concurren las exigencias de dependencia y ajeneidad que, indebidamente, se cuestionan por la parte recurrente".
Así, en síntesis, subraya que era la editorial la que facilitaba a la trabajadora "los medios y herramientas de trabajo (medios informáticos, claves de acceso para uso interno), la que solucionaba los problemas que pudieran surgir con el funcionamiento de los mismos, la que abonaba la suscripción personal de la actora a otros productos de la competencia, y la que le proporcionaba formación".
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