2020
Abogado UE ve despido colectivo en los concentrados en periodo de 30-90 días
El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) consideró este jueves que, para determinar si un despido es o no colectivo deben computarse los ceses de un periodo de 30 a 90 días consecutivos que incluya el despido que se enjuicia, no un cómputo de días anterior o posterior al mismo.
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La demandante hacía referencia al hecho de que, entre el 31 de mayo y el 14 de agosto de 2018, la empresa cesó a un total de siete personas, mientras que otras 29 presentaron una carta de dimisión.
Estos 29 empleados, cuyo cese se consideró voluntario, fueron dados de alta en la empresa Risck Steward solo un día después de que Marclean Technologies cesara totalmente su actividad temporal, el 16 de agosto de 2018.
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El abogado general consideró hoy que la directiva se refiere a cualquier período de 30 o de 90 días consecutivos que incluya el despido del trabajador objeto de enjuiciamiento, y no a un cómputo de días anterior o posterior.
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